El artículo 22 del D.S. 1793 establece la necesidad de contar con un Repositorio Estatal de Software Libre administrado por la ADSIB en el que las entidades públicas tienen la obligación de registrar los sistemas y las aplicaciones desarrolladas con software libre, de manera directa o a través de terceros.
El procedimiento para la publicación de los sistemas informáticos en vigencia, fue aprobado mediante Resolución Administrativa ADISB/RA/0066/2018.
Es una herramienta que permite a las entidades públicas y a la población en general alojar y compartir sus proyectos de software, fomentando el desarrollo colaborativo con el fin de alcanzar la soberanía tecnológica de manera conjunta con el Estado.
El fin es lograr el desarrollo de sistemas y aplicaciones informáticas de instituciones con mayor desarrollo tecnológico para que puedan ser utilizadas por instituciones pequeñas.
Es considerado Software Libre si los usuarios tienen las cuatro libertades esenciales:
Para compartir el código fuente de sistemas desarrollados. El software libre permite la centralización de los productos de varios desarrolladores, identificando quién hizo y cuáles fueron los cambios realizados hasta la última versión.
Todos los bolivianos y bolivianas interesados en desarrollar sistemas informáticos. El único requisito es contar con un correo electrónico activo. Inicialmente el Repositorio se creó para que las entidades públicas compartan los sistemas desarrollados.
Repositorio Estatal de Software Libre
Entre los cuatro servicios que presta la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia – ADSIB, se encuentra el Repositorio Estatal de Software Libre, un servicio que fomenta el desarrollo colaborativo en pos de la soberanía tecnológica en Bolivia.
La normativa actual establece que:
Las presentes Políticas tienen por objeto precisar los principios, normas técnicas, estándares de desarrollo, licenciamiento, mecanismos y procesos de registro, implementación, gestión, consulta y uso en el RESL.
El presente documento tiene por objeto detallar los procedimientos a seguir para publicar los sistemas informáticos en el repositorio estatal de Software Libre, así como los mecanismos de consulta y uso por parte de las entidades públicas y la población en general, buscando evitar la duplicidad de trabajo, y fomentando la reutilización de código fuente para proyectos de desarrollo de software libre en todo el País.
Este documento contiene los términos y condiciones generales de acceso y uso del Sistema Repositorio Estatal de Software Libre (en adelante RESL), incluidos todos los contenidos, servicios y paquetes de soporte proporcionados a través de este. El uso del RESL supone la aceptación de los siguientes términos y condiciones.
El presente documento tiene como objetivo establecer los lineamientos para la organización del desarrollo, publicación, documentación y licenciamiento de software libre en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Entidades y/o instituciones que aportan al desarrollo del Software Libre.
El desarrollo de aplicaciones digitales por parte de las entidades públicas priorizará el uso de herramientas y plataformas de software libre, las cuales deben permitir a los usuarios y las usuarias: comunicarse entre sí, realizar trámites, entretenerse, orientarse, aprender, trabajar, informarse, activar servicios en las redes públicas de comunicaciones y realizar una serie de tareas de manera práctica y desde uno o más tipos de equipos terminales, proceso para el cual se enmarcarán en el uso de Estándares Abiertos, de modo que los contenidos sean democratizados y accesibles para los usuarios
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